Animus donandi

Animus donandi es la intención de realizar una donación, es decir la entrega de un bien por parte de la persona que transfiere la propiedad de una cosa parte de su patrimonio, para que pase a enriquecer el de quien la recibe; es un considerado un elemento esencial en los negocios jurídicos denominados donationis causa.

El animus donandi puede describirse como la intención directa del donante de enriquecer al donatario. Atendiendo a lo anterior, el enriquecimiento resultado de la donación no es suficiente si no existe la intención de enriquecer.

Este concepto se relaciona directamente con el denominado causa donandi por lo que es posible observar en determinados supuestos que aunque hay enriquecimiento, no existe voluntad o intención por parte del donante. Por ejemplo cuando una de las partes no tienen noticia del enriquecimiento o que conociéndolo se proponen un fin que excluye esta intención de donar. El animus donandi, para que se considere una donación, no se presume, sino que ha de ser acreditado.