Argumento a maiori ad minus

A maiori ad minus al igual que A minore ad maius se desprenden del argumento interpretativo a fortiori basado en la mayor razón. El argumento A maiori ad minus se traduce como “El que puede lo más, puede lo menos” es aplicado a leyes positivas o permisivas, es decir, si la ley otorga la titularidad sobre un bien inmueble que se adquire mediante un contrato legal de compra venta, con mayor motivo permite el derecho de disposición del bien, por ejemplo, hipotecándolo; mientras que la forma A minore ad maius se predica de prescripciones negativas o leyes prohibitivas “si está prohibido lo menos, está prohibido lo más”, esto es, si la ley no me permite la injuria hacia otra persona, con mayor razón no me permite agredirla físicamente.

Ejemplos de un argumento a minori ad maius:"Si está prohibido andar en bicicleta para dos, está aún más prohibido andar en bicicleta con tres personas".

Existiendo una norma jurídica que predica una obligación u otra calificación jurídica de un sujeto o de una clase de sujetos, se debe concluir que valga (que sea válida, que exista) una norma diversa que predique la misma calificación normativa de otro sujeto o clase de sujetos que se encuentren en una situación tal de merecer, con mayor razón que el primer sujeto o clase de sujetos, la calificación que la norma dada otorga al primer sujeto o clase de sujetos. 
  • El argumento a minori ad maius, que se aplica a las calificaciones de desventaja, como por ejemplo, las prohibiciones.
  • El argumento a maiori ad minus, que se aplica a las calificaciones de ventaja, como por ejemplo, los derec