Contra te-stimonium scriptum testimonium non scriptum non fertur

Principio de Derecho que puede traducirse como contra testimonio escrito, no ha de traerse testimonio no escrito.

La máxima latina “contra te-stimonium scriptum testimonium non scriptum non fertur” es aplicada como regla general por los tribunales. Esto significa que cuando hay prueba escrita de un acuerdo, la evidencia no escrita por medio de testigos y evidencia no debe anular el acuerdo.

Es decir un testigo oral no se presenta contra una prueba que consiste en un documento escrito

Testimonio contra scriptum, testimonio non scriptum non fertur.

Debe presumirse que el contrato contiene todo lo que los redactores originales pretendían incluir. Por lo tanto, el Tribunal declaró que el acusado podría haber utilizado la marcha incluso si no hubiera enviado su desacuerdo a tiempo, ya que el contrato guarda silencio sobre este hecho.