Culpa levis

Culpa levis es un término latino que significa falta de atención ordinaria. Todas las personas muestran negligencia común y corriente. Este tipo de negligencia normalmente no es punible. Sin embargo, si la negligencia tiene consecuencias desastrosas para la vida y la propiedad de otra persona, la persona que comete culpa levis también puede ser sancionada. También se le llama negligencia excusable.

Es definida como una omisión por parte del deudor que incumple una diligencia propia de un bonus paterfamilias, es decir, de un hombre promedio que comunmente es diligente y cuidadoso: el deudor que no hace lo que haría un hombre de esa clase para cumplir una obligación, incurre en culpa. La doctrina la ha denominado también culpa in abstracto, porque para establecerla se compara la conducta del deudor que incumple con la que hubiese tenido un hombre en abstracto, que es precisamente el bonus paterfamilias.

La culpa levis o culpa leve, es la que no comete un buen operario. Pero no siempre apreciada con la misma severidad. Se toma por término de comparación un tipo abstracto, el de un padre de familia irreprochable, bonus pater familias,y se califica de culpa, toda imprudenca o negligencia que él no hubiera cometido. Los intérpretes del Derecho Romano dicen que en tal caso la culpa leve es apreciada en abstracto.