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Curador ad litem

El curador ad litem, es una figura jurídica del derecho romano que aún se encuentra presente en la mayoría de las legislaciones, se describe como un adulto en pleno uso de capacidades legales que tendrá la obligación de representar y defender los derechos de un menor de edad o una persona que se encuentra en estado de incapacidad, en algún pleito o decisión judicial que vulnere los intereses del menor o incapaz.

El curador ad litem es la persona que tiene como función asumir la defensa de la parte que por algún motivo no puede concurrir al proceso o cuando esta sea un incapaz y en consecuencia, no pueda asumir su defensa; el curador ad liten es designado por el juez encargado del proceso.

El curador ad litem tiene capacidad para gestionar todos los actos exceptuando aquellos que le corresponden solo a la parte, por este motivo no puede disponer del derecho el litigio, es decir, que no puede conciliar, transigir, ni allanarse, pues dichos actos solo le conciernen a la parte.

Quien actúa bajo esta figura en un proceso, únicamente podrá hacerlo hasta que concurra su representado o quien representa este último. Pese a que la figura del curador ad litem es creada para proteger la defensa de quien no pueda o no quiera comparecer al proceso, una gran parte de la doctrina opina que estos no ejercen una defensa efectiva en el proceso pese a que esa es su función principal.

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