Error in procedendo, es una locución originaria del latín, es una expresión jurídica que significa un error del juez al conducir el progreso del proceso, perjudicando, así, su curso normal. Es, pues, un error en el proceso de la demanda.
En cualquiera de estas circunstancias, la parte perjudicada debe solicitar la revocación de la orden. Tiene que esforzarse por su invalidación / anulación, ya que el magistrado no obedeció la forma, ni los límites de su actuación. Ha cometido un error no resuelto.
Cabe destacar que, si bien el error en el procedimiento consiste básicamente en el vicio formal contenido en la propia resolución dictada por el magistrado, se observa que la ausencia de condiciones de acción y de presuposición procesal para el desarrollo válido y regular del caso también se considera un error procesal del juez, lo que implicará la terminación prematura del caso.
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