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Datio in solutum

Datio in solutum es una frase en latín que puede traducirse como dación de pago. Dar en pago se refiere a un acto de cancelar una deuda dando algo en lugar de pagar en dinero. Es una forma de extinción de las obligaciones ipso iure, de pleno derecho, según los sabinianos, y por vía de excepción, según los proculeyanos, prevaleciendo la opinión de los primeros. En este método se puede entregar al acreedor cualquier bien mueble o inmueble en lugar de dinero para satisfacer la reclamación de los acreedores. Este término se deriva de la palabra romana datio in solutum. En el Derecho romano clásico, se admitió la posibilidad de que el deudor pudiera liberarse de la obligación, cumpliendo una prestación diversa a la esperada (aliud pro alio), siempre y cuando contara con el consentimiento del acreedor (datio in solutum).

Da mihi factum, dabo tibi ius

Da mihi factum, dabo tibi ius es una maxima en latín que sigue teniendo relevancia en las legislaciones actuales. Puede traducirse como: "dame los hechos, yo te daré el derecho". Hace referencia a la facultad que tienen las partes de presentar ante el Tribunal, escritos de alegación, los hechos y el material probatorio que consideren oportuno en apoyo de sus pretensiones, y la obligación del juzgador de resolver el litigio ajustándose a las leyes aplicables. El concepto se encuentra directamente relacionado con el principio  a iura novit curia, el cual permite a los Jueces y Tribunales resolver los litigios con aplicación de normas distintas de las invocadas por los litigantes, respetando los hechos alegados . Toda decisión de un juez debe sustentarse en lo establecido por las leyes, tanto la decisión como su motivación resultan de la apreciación de los jueces de las normas sustanciales según lo que las partes logren probar: “Dame los hechos, yo te daré el derecho” es el prin...

Curador ad litem

El curador ad litem , es una figura jurídica del derecho romano que aún se encuentra presente en la mayoría de las legislaciones, se describe como un adulto en pleno uso de capacidades legales que tendrá la obligación de representar y defender los derechos de un menor de edad o una persona que se encuentra en estado de incapacidad, en algún pleito o decisión judicial que vulnere los intereses del menor o incapaz. El curador ad litem es la persona que tiene como función asumir la defensa de la parte que por algún motivo no puede concurrir al proceso o cuando esta sea un incapaz y en consecuencia, no pueda asumir su defensa; el curador ad liten es designado por el juez encargado del proceso. El curador ad litem tiene capacidad para gestionar todos los actos exceptuando aquellos que le corresponden solo a la parte, por este motivo no puede disponer del derecho el litigio, es decir, que no puede conciliar, transigir, ni allanarse, pues dichos actos solo le conciernen a la parte. Quien...

Cum hoc ergo propter hoc

Cum hoc ergo propter hoc es una expresión latina que significa “después de eso, solo por eso”. Este es el nombre de una falacia que ocurre cuando llegamos a la conclusión de que existe una relación causal entre dos eventos porque generalmente o siempre ocurren en secuencia. Esta falacia también se denomina causa falsa, correlación coincidente o causa cuestionable. Entonces, suponga que observa regularmente que cuando lava su auto, llueve al día siguiente. Considera que esto termina sucediendo repetidamente, hasta que empiezas a pensar que, de alguna manera, el lavado del auto está causando la lluvia. Al hacer este razonamiento, se está cometiendo el error post hoc ergo propter hoc. Es decir, concluye de manera inválida que la causa de la lluvia es su acción simplemente al observar una correlación entre ella y su acción. Correlación y causalidad Poder determinar las causas reales de un evento es decisivo para entender la sociedad y poder mejorarla. Imagina un caso de ficción. Un país de...

Cum finis est licitus, etiam media sunt licita

Es una frase en latín que puede traducirse como "cuando el fin es lícito, también lo son los medios utilizados". Se a atribuido, erróneamente, esta frase al escritor, y personaje renacentista, Nicolás Maquiavelo, quien opinaba firmemente que la manera más amoral y déspota de hacer política se justifica cuando esta tuviere como objetivo alcanzar un bien mayor. Existen fuentes que atribuyen esta frase Napoleón Bonaparte quien la dijo tras la lectura de ‘El Príncipe’, la obra más insigne de Maquiavelo. Esta frase pertenece al teólogo y jesuita alemán Hermann Busembaum, uno de los padres intelectuales de la casuística, quien sostenía que la mentira y la violencia eran justificables para salvar vidas o defender la religión, considerados ambos como bienes superiores.

Culpa levis

Culpa levis es un término latino que significa falta de atención ordinaria. Todas las personas muestran negligencia común y corriente. Este tipo de negligencia normalmente no es punible. Sin embargo, si la negligencia tiene consecuencias desastrosas para la vida y la propiedad de otra persona, la persona que comete culpa levis también puede ser sancionada. También se le llama negligencia excusable. Es definida como una omisión por parte del deudor que incumple una diligencia propia de un bonus paterfamilias, es decir, de un hombre promedio que comunmente es diligente y cuidadoso: el deudor que no hace lo que haría un hombre de esa clase para cumplir una obligación, incurre en culpa. La doctrina la ha denominado también culpa in abstracto, porque para establecerla se compara la conducta del deudor que incumple con la que hubiese tenido un hombre en abstracto, que es precisamente el bonus paterfamilias. La culpa levis o culpa leve, es la que no comete un buen operario. Pero no siempr...

Culpa Lata

Culpa lata o culpa grave, es la que consiste en no manejar los negocios ajenos con aquel cuidado que aun las personas negligentes o de poca prudencia suelen emplear en sus negocios propios. Esta culpa en materias civiles equivale al dolo. En el derecho romano clásico el dolo incluía diversos comportamientos contrarios al deber de lealtad, tanto los que se identificaban con la intención de perjudicar al acreedor como los incumplimientos conscientes o voluntarios. En este mismo sentido, se alude a la culpa con previsión o dolo eventual, cuando el incumplimiento no es directamente querido, pero se han previsto los hechos que, en definitiva, impedirán el cumplimiento. Se trata, pues, de una zona limítrofe entre la culpa lata y el dolo, y en la que el obligado incumplidor puede calificarse de deudor infractor. La culpa lata puede describirse como el descuido o desprecio absoluto en la adopción de las precauciones más elementales para evitar un mal o daño; que en el Derecho romano se car...