Confessus pro iudicato est, qui quodammodo sua sententia damnatur puede traducirse como "El confeso se tiene por juzgado, el cual en cierto modo ha declarado su sentencia". Equipara los efectos de la ejecución de deudores, de aquellos que confiesan deber una cantidad determinada y de los juzgados (iudicati), conforme a una tradición procesal que tiene su origen en la Ley romana de las XII Tablas 3, 1 (siglo v a. C.). La acción de ejecución de sentencia, denominada legis actio per manus iniectionem, procedía tanto por sentencia de un juez, como por confesion. Está regla, a evolucionado tras su paso por varios textos legales, donde se especificaba que la confesión suponía prueba contra su autor y era suficiente para comprobar la veracidad de los hechos reconocidos por confesión sobre los demás medios probatorios, aunque los hechos procesales indicaran lo contrario. En muchos de los sistemas jurídicos actuales se establece que se considerarán ciertos los hechos que una par...
Conceptos jurídicos fundamentales o generales que permiten ubicar y categorizar jurídicamente problemas cotidianos.