El importe del servicio debería equivaler al costo del bien o servicio prestado por el Estado, pero existen actividades que por su naturaleza no es apropiado ni benéfico exigir el pago de derechos, como es el caso de aquellas que se realizan en virtud de una obligación impuesta por el mismo Estado, como por ejemplo la obligación de registrarse en el padrón electoral donde el cobro del servicio podría originar una falta de interés del ciudadano para votar. También se considera como no aconsejable el cobro de los derechos cuando el pago se considera un estorbo para la finalidad que el Estado busca con la prestación del servicio, como por ejemplo la campañas de vacunación, donde el exigir un cobro, podría resultar en un decremento de los usuarios del servicio, y por lo tanto estorbar para la finalidad que persigue el Estado que es reducir la tasa de una determinada enfermedad. Seria complicado señalar todos aquellos servicios que no deberían ser gravados con derechos con...
Conceptos jurídicos fundamentales o generales que permiten ubicar y categorizar jurídicamente problemas cotidianos.