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Mostrando las entradas con la etiqueta Rapto

Elementos del delito de Rapto

Culpabilidad. En todos los supuestos, se trata de un delito que requiere el dolo o intención de menoscabar la integridad sexual de la víctima. Tipicidad. Se habla de arrebatar, sustraer o retener, utilizando violencia, amenazas o engaño a una mujer mayor o emancipada para configurar el delito, agregando que los fines pueden ser el libertinaje o el matrimonio. Antijuricidad. Es antijuridico pues se daña el bien jurídico protegido: la libertad, la dignidad y la integridad sexual. Imputabilidad. Al momento de realizar la conducta el sujeto activo debe tener la capacidad psíquica necesaria para comprender la ilicitud de su conducta. Punibilidad. Cuando el culpable de alguno de los delitos previstos en los artículos precedentes, sin haber cometido ningún acto libidinoso, haya puesto voluntariamente en libertad a la persona raptada, volviéndola a su domicilio, al de sus parientes o a algún lugar seguro, a disposición de su familia, la pena disminuirá.

Rapto Equiparado.

Para efectos de penalizar el rapto, la edad de la víctima, así como la capacidad para comprender el hecho; en atención a ello, en algunos estados este delito se persigue por oficio. La edad de la ofendida varía de menor de dieciocho años a, incluso, menor de doce años. Lo que resulta preocupante de estas definiciones es que en algunos casos, nuevamente se considera el matrimonio del agresor con la ofendida como manera de extinguir la acción penal, e inclusive, de la persona que no tenga la capacidad de comprender el hecho, lo cual resulta contradictorio, toda vez que, tratándose de menores de doce años, la legislación penal mexicana considera como violación a la agresión sexual, sin importar el consentimiento de la víctima, y en todos los casos también se considera como violación, cuando aquélla no tenga la capacidad de comprender el hecho. En este sentido, si a todo esto sumamos que el rapto generalmente sólo se perseguirá por denuncia de la parte ofendida (querella), tal vez habría q...

Delito de Rapto.

Comete el delito de rapto quien retenga a una persona con intencion de alterar su libertad sexual, valiéndose de la fuerza, de la intimidación o del fraude. Cuando se cometiere este delito con una persona de menos de 16 años que haya prestado su consentimiento la pena podrá disminuir, a esta figura se le denomina rapto impropio pues hay consentimiento de la víctima. Esta conducta se agrava al sustraer o retener por medio de la fuerza, intimidación o fraude con el fin de menoscabar su integridad sexual, a una persona menor de trece años. En este caso es indiferente el consentimiento de la víctima, por lo cual el atenuante anterior rige para los casos de entre 13 y 16 años. Existen dos valores protegidos por esta figura, la libertad y la honestidad sexual de la víctima, pues es esencial recordar que la sustracción o retención son ejecutadas con propósitos que atentan contra la reserva sexual.- Este delito se consuma en el momento de sustraer o retener a una mujer co...