Bien jurídico protegido: La vida humana dependiente. Objeto jurídico: La vida del feto o producto de la concepción. Objeto material: El feto, producto de la concepción a través de todas las fases de desarrollo. Sujeto activo: En general cualquier persona puede ser sujeto activo del delito de aborto; pero la calidad de sujeto activo tiene gran importancia para diferenciar los diferentes tipos de aborto y su régimen de penalidad. Hay ciertas personas que califican la conducta cuando ellos realizan el delito. Nuestro Código Penal da un tratamiento especial a la mujer que causa su propio aborto y al facultativo que abusando de su oficio, lo ocasiona o coopera a que él se realice; en ambos casos sus conductas actúan como agravantes y aumentan la pena correspondiente. Conducta: El aborto sólo puede cometerse por acción; no se puede cometer aborto por omisión dado que en nuestra legislación se deben seguir los verbos rectores y el Código Penal señala “ El que causaré,” que imp...
Conceptos jurídicos fundamentales o generales que permiten ubicar y categorizar jurídicamente problemas cotidianos.