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Mostrando las entradas con la etiqueta La Propiedad y la Copropiedad.

La Propiedad

En términos generales, la propiedad en derecho civil se refiere al derecho que tiene una persona de poseer, usar, disfrutar y disponer de un bien, ya sea tangible o intangible, de forma exclusiva y con la protección del Estado. A continuación, se describen algunas de las características, elementos y tipos de propiedad más relevantes en derecho civil: Características: Es un derecho real: la propiedad es un derecho real, es decir, está directamente relacionado con el objeto (cosa) sobre el que recae. Es exclusivo: el titular de la propiedad tiene el derecho exclusivo de usar y disponer de la cosa. Es perpetuo: el derecho de propiedad puede durar indefinidamente. Es oponible: el derecho de propiedad es oponible a terceros, lo que significa que cualquier tercero que quiera utilizar la cosa sin autorización del titular de la propiedad estaría violando sus derechos. Elementos: Objeto: el bien sobre el que recae el derecho de propiedad. Sujeto: la persona física o jurí...

La Copropiedad

La copropiedad en derecho es una situación en la que dos o más personas comparten la propiedad de un bien o activo, y cada una tiene una parte proporcional del mismo. La copropiedad puede referirse a diferentes tipos de bienes, como terrenos, edificios, vehículos, empresas, entre otros. En la copropiedad, cada propietario tiene ciertos derechos y responsabilidades con respecto al bien en cuestión. Estos derechos incluyen el derecho a usar y disfrutar del bien, el derecho a recibir ingresos o beneficios del mismo, el derecho a vender o transferir su parte de la propiedad, entre otros. También existen responsabilidades asociadas a la copropiedad, como el mantenimiento y la reparación del bien compartido, la contribución proporcional a los gastos y costos asociados al mismo, entre otros. En el derecho, existen diversas normas y regulaciones que rigen la copropiedad, incluyendo las obligaciones legales de los copropietarios, los procedimientos de administración y toma de decisiones, y las...

Modos de adquirir la propiedad

Son denominados modos de adquirir la propiedad , los hechos o negocios jurídicos que otorgan a un sujeto los derechos de goce y disfrute que conlleva ser el propietario legítimo de un determinado bien. Para su estudio y aplicación los modos de adquirir la propiedad se clasifican en originarios y derivativos, singulares y universales, onerosos o gratuitos entre vivos o por causa de muerte. Los modos de adquirir la propiedad son: La tradición. La ocupación. La accesión. La usucapión o prescripción adquisitiva. La sucesión por causa de muerte. La ley. La tradición. Se considera un modo bilateral de adquirir la propiedad y se caracteriza por la entrega material y voluntaria la cosa a una persona determinada quien la recibe de esta misma manera. En este modo existen dos sujetos, uno denominado tradente y el otro adquirente. La manera más común de adquirir la propiedad de un bien mediante la tradición es a través de la entrega física de la cosa, sin embargo también puede realizarse mediante ...

Extinción de la Copropiedad

Los derechos de copropiedad se extinguen de modo absoluto cuando estos ya no tienen la titularidad de nadie, o de un modo relativo cuando deja de pertenecer a su titular y lo adquiere otro, produciéndose en este caso una transmisión, más que una extinción. Son nulos los pactos en los que se prohíbe que los copropietarios puedan extinguir la propiedad. Además de los modos comunes que producen la extinción de la propiedad, la coopropiedad se extingue por falta de pluralidad de sujetos; lo que es llamado consolidación, y por cesar la indivisión material de la cosa es decir la división. La consolidación tiene lugar por la reunión de una sola persona de las cuotas de todos los propietarios mientras que la división de la cosa común es en realidad más que una extinción del condominio, una transformación del derecho de propiedad por cuotas sobre una cosa, en un derecho de propiedad exclusiva sobre una porción material de la misma. Si no hay acuerdo entonces las copropietarios tienen ...

Clases de Copropiedad

Copropiedades forzosas. Son aquellas en que, por la naturaleza de las cosas, existe una imposibilidad para llegar a la división o a la venta de manera que la ley se ve obligada a reconocer este estado que impone la propia naturaleza. Copropiedades temporales y permanentes. Toda copropiedad ordinariamente es temporal, como consecuencia de que es voluntaria. Especialmente puede ser permanente cuando sea forzosa.  Copropiedades reglamentadas. Son aquellas formas especiales que han merecido una organización del legislador, tomando en cuenta ciertas características y conflictos que pueden presentarse, dada su naturaleza. Copropiedades sobre bienes determinados o sobre un patrimonio o universalidad. Generalmente la copropiedad recae sobre un bien o bienes determinados; pero existe un caso de copropiedad sobre un patrimonio integrado con su activo y pasivo; es el caso de la copropiedad hereditaria. Copropiedad sobre un bien o bienes determinados. Recae sobre un derecho o una...

Naturaleza jurídica de la copropiedad

Teoría de la interinidad: Mientras permanece indivisa la cosa común, está condicionado por la concurrencia de los demás cotitulares. Teoría de la unificación del derecho de propiedad: Comunidad de bienes donde existe un único derecho de propiedad. Teoría de la división: Se divide la cosa objeto del derecho tenido en común, de manera que cada comunero sería dueño individualmente de su participación sobre la cosa. Teoría de la propiedad plúrima total: Tienen derecho de propiedad pleno, pero limitada por la existencia de iguales derechos de los demás. Son los derechos de propiedad, cualitativamente iguales y cuantitativamente limitados, que se atribuyen a cada copropietario.

Causas de extinción del régimen de condominio

El condominio se extingue en forma absoluta cuando la cosa común se destruye o es consumida; si por alguna razón legal queda fuera del comercio; o si recayendo el condominio sobre animales domesticados, recuperan su antigua libertad. Se extingue en forma relativa cuando una persona adquiere una cosa que pertenecía a varias; cuando todos los propietarios la enajenan; o cuando ella se pierde por transmisión judicial, ejecución de sentencia o expropiación. En el condominio normal, cada condómino puede poner fin en cualquier momento, pidiendo la división de la cosa común, es decir la partición. Es el acto por el cual la parte abstracta que cada uno tenía se convierte en una parte material, equivalente a su interés en la cosa.

Derechos y obligaciones de los propietarios en la propiedad horizontal

Derechos de los propietarios en la propiedad horizontal El uso y disfrute de las propiedad dividida,  las cuales  serán  compartidas con el resto de los  copropietarios. Ejercer los cargos de representación de la Comunidad, en base al sistema que haya quedado establecido. Participar en las Juntas de Comunidad de Propietarios en persona o mediante un representante y votar, si fuere necesario por alguna decisión tomada por los propietarios Ser informado con respecto al desarrollo de la Junta y acuerdos adoptados. Solicitar la inclusión de puntos en el orden del día sobre cualquier tema que sea de interés para la comunidad e, incluso, impugnar los acuerdos que sean contrarios a la Ley o a los Estatutos de la comunidad. Ser compensado por los daños o perjuicios que le haya podido ocasionar una obra comunitaria. Llevar acabo las obras que considere conveniente dentro de la propiedad, siempre y cuando no produzca alteraciones en la estructura del objeto ...

Propiedad Horizontal

La Propiedad Horizontal es un derecho real inmobiliario que define al conjunto de normas que rigenn la división y organización de los inmuebles, como resultado de la separación o segregación de un edificio o de un terreno común. La propiedad horizontal no es considerada un bien inmueble sino un régimen que regula  la forma en que se divide un bien inmueble, los derechos y obligaciones entre los propietarios de los bienes segregados. La noción de propiedad horizontal permite la organización de los copropietarios y el mantenimiento de los bienes comunes. Es un derecho real autónomo, por lo que tiene una normativa específica, para resolver todos los problemas que pueden nacer de la propiedad horizontal y que son ajenos a los otros dos derechos reales sobre cosa propia.

Pérdida De La Propiedad

Hay situaciones en la que la ley de la propiedad, dispone que las pertenencias personales pueden dejar de ser posesión de sus dueños legales ya sea que estas entren en posesión de otra persona o no, la expresión modos de perder la propiedad o dominio se usa para referirse a aquellos hechos o actos jurídicos que producen el efecto contrario a los modos de adquirir la propiedad, esto es, la desaparición del vinculo jurídico que une al patrimonio a una persona. Los modos de perder la propiedad pueden clasificarse en voluntarios e involuntarios. Modos voluntarios de perder el dominio Los más importantes serían los siguientes: Abandono.  La noción de abandono se refiere al acto de dejar de lado o descuidar cualquier objeto o derecho que se considere propiedad de un individuo. Enajenación.   Enajenar es la trasmisión de una cosa o de un derecho hacia a otra persona. El principio que domina la enajenación, es el de que nadie puede transmitir más bienes o derechos de l...

Función social de la Propiedad.

Por lo general cuando se habla de la función social de la propiedad   se refiere a que los derechos de propiedad deben estar limitados y regulados por la ley, con la intención de que los dueños tengan, además de derechos, responsabilidades con la sociedad. León Duguit expuso que era necesario establecer límites al ejercicio absoluto del derecho de propiedad por parte de su titular, y que dicho límite habría de establecerlo el bienestar colectivo. Se trataba que sólo fuera posible ejercitar el derecho concedido por la ley hasta el umbral en que éste no resultara nocivo o perjudicial a los intereses del grupo o la sociedad misma. La función social de la propiedad radica en que los bienes sean productivos tanto para su dueño como a la comunidad es decir que satisfaga las necesidades del titular y también del resto de la sociedad. Teniendo en cuenta esta función social se puede decir que la propiedad tiene un límite cuando entra en conflicto con el interés público...