Conducta. Consiste en “asediar reiteradamente con fines lascivos” a alguien cuya posición sea inferior jerárquicamente, en relación al activo, o al menos, éste ejerza influencia sobre aquel. Surge el problema de determinar que debemos entender por asedio, núcleo de este comportamiento. Ausencia de conducta. No puede presentarse ninguna de las hipótesis del aspecto negativo de la conducta, dado el dolo especial requerido en este delito. Tipicidad. El tipo también exige la existencia de un elemento típico subjetivo consistente en que dicho asedio, además de ser reiterado, debe darse con fines lascivos. Por fines lascivos se entiende un propósito relativo al placer sexual i de naturaleza erótica. Atipicidad. Se presentara cuando no exista uno de los elementos que la ley exige para configuración de este delito. Antijuricidad. Este comportamiento típico que da nacimiento al delito de hostigamiento sexuales antijurídico, ya que atenta contra una norma penal que ...
Conceptos jurídicos fundamentales o generales que permiten ubicar y categorizar jurídicamente problemas cotidianos.