El artículo 27 de la Constitución Mexicana de 1917 es uno de los artículos más importantes de la Constitución y se refiere a los derechos de propiedad y la tierra. En resumen, el artículo establece lo siguiente: La propiedad de las tierras y aguas dentro del territorio mexicano corresponde originalmente a la Nación, la cual tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares. Se prohíben los latifundios (grandes extensiones de tierra en manos de un solo propietario) y se establece el derecho de expropiación por causa de utilidad pública. Se establecen las bases para la creación de ejidos, que son tierras de propiedad colectiva que se otorgan a las comunidades campesinas para su cultivo y uso. Se garantiza el derecho a la propiedad privada, pero se establecen límites en cuanto a su uso y explotación en beneficio de la sociedad. Se prohíbe la propiedad de tierras y aguas por parte de extranjeros en zonas restringidas (zonas cercanas a las fronteras,...
Conceptos jurídicos fundamentales o generales que permiten ubicar y categorizar jurídicamente problemas cotidianos.