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Mostrando las entradas con la etiqueta Delitos contra la vida y la salud.

Circunstancias que atenúan el homicidio.

Las circunstancias atenuantes son circunstancias especiales en las cuales el legislador considera que, en razón a las condiciones en que se produce el homicidio se debe aplicar una sanción menor que la correspondiente a un homicidio simple intencional. Responsabilidad correspectiva. Existe responsabilidad correspectiva cuando por ignorarse concretamente quiénes lesionaron, el homicidio resultante es imputable a cada uno de los agresores, debiendo sancionarse a todos con la misma penalidad atenuada establecida por la ley. Homicidio en riña o duelo El delito de homicidio sera atunuado cuando se comete en riña que se manifiesta por medio del ánimo de contienda de obra produciendo como resultado la muerte de uno de los contendientes. Homicidio por emoción violenta. La emoción es un cambio en la personalidad de quien comete el hecho, en virtud de un estímulo externo, que altera transitoriamente el comportamiento habitual de esa persona, impidiéndole dominar...

Circunstancias que agravan el homicidio.

Homicidio con Premeditación: Se presenta cuando el sujeto visualiza en su mente la privación de la vida de otro, planea el hecho, valora las  circunstancias, elige un momento y forma de ejecución. Homicidio con Ventaja: Cuando la victima se encuentra en condiciones de un total y absoluto desequilibrio, se sanciona con una pena mayor que el homicidio simple intencional. Homicidio con Alevosía: En el homicidio con alevosía la víctima se encuentra en una situación física-psicológica o es colocada en una posición que le resulta imposible percibir el peligro y defenderse de la agresión, con esto el delincuente sabe que no corre riesgo personal. Homicidio con Traición: Cuando en razón de la confianza tacita o expresa que existe entre el homicida y la victima, este ultimo no puede prever y en su caso evitar la agresión de quien supuestamente debiese ser la persona de la que no era razonable esperar una agresión.

La participación delictuosa en el delito de homicidio.

Cuando se ignora completamente quienes infirieron lesiones que dan como resultado un homicidio se imputara a cada uno de los agresores, debiendo penalizarse a cada uno por la misma penalidad atenuada establecida por la ley. La responsabilidad penal no puede tener el carácter de correspectiva si existió un acuerdo de voluntades por parte de los individuos que cometen la conducta delictiva. Aquí se comprende el caso de activos múltiples en los delitos de homicidio y lesiones.

Lesión Mortal.

Tendrán la aplicación de las sanciones que correspondan al delito de homicidio para aquel que provoca una  lesión  que tiene como consecuencia la muerte de un individuo siempre y cuando se deba a las alteraciones causadas por la lesión en el órgano u órganos interesados, a alguna de sus consecuencias inmediatas o determinada por la misma lesión y que no pudo combatirse, ya sea por ser incurable, o por no tenerse al alcance los recursos necesarios; y que la muerte del ofendido ocurra dentro de sesenta días contados desde que fue lesionado y que la muerte del ofendido ocurra dentro del limite de tiempo que fije la ley. Siempre que concurran las circunstancias del artículo anterior, se tendrá como mortal una lesión, aunque se pruebe: Que se habría evitado la muerte con auxilios oportunos; Que la lesión no habría sido mortal en otra persona; y Que la muerte fue a causa de la constitución física de la víctima o de las circunstancias en que rec...

Elementos del Delito de Homicidio

Conducta. El homicidio se considera una conducta, y podemos clasificarla como Conducta de Acción cuando el sujeto activo efectúa los movimientos corpóreos necesarios para producir el resultado de la muerte del sujeto pasivo, y Conducta de Omisión u Omisión Impropia, en la que el sujeto activo deja de hacer lo que de él se esperaba como tutor de una vida y debido a ello se produce como resultado la muerte del sujeto pasivo. Por ejemplo, una madre que deja de alimentar a su hijo, con el resultado de la muerte de éste, sería un caso de homicidio por omisión, puesto que la madre es responsable de mantener con vida a un individuo que no puede hacerlo por sí mismo. Aspecto Negativo. El aspecto negativo de la conducta se puede presentar en el homicidio de modo que puede existir la vis mayor, la vis absoluta, etc. Tipicidad. Se denomina tipicidad al encuadramiento de la conducta humana al tipo penal (el tipo). Así cuando la ley describe el homicidio diciendo "el que matare a otr...

Delito de Homicidio (Asesinato)

Comete el delito de homicidio , aquel que por voluntad propia o actuando bajo negligencia produce la muerte de otro individuo. Es una conducta reprochable, es decir típica, antijurídica y por regla general culpable, que consiste en atentar contra el bien jurídico de la vida de una persona física. Atendiendo el elemento subjetivo del agente el homicidio se divide en cinco clasificaciones. Homicidio doloso. Es el acto de ocasionar deliberadamente la muerte de otra persona, incluido el infanticidio.  Homicidio Involuntario.  Consiste en causar la muerte a una persona física por una acción negligente  Homicidio Preterintencional.  Cuando habiendo intención o dolo en el agresor de provocar lesiones a otra persona con un medio idóneo para ello, le provocare la muerte, sin que razonablemente el medio utilizado sea apto para ese fin. Homicidio Simple.  aquél que se comete a falta de las cuatro agravantes, que son premeditación, alevosía, v...