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Mostrando las entradas con la etiqueta El Régimen de las Obligaciones Administrativas

La Concesión

La concesión administrativa es un contrato o acuerdo mediante el cual una autoridad concedente otorga a un concesionario el derecho a utilizar y explotar un bien de dominio público o un servicio público, por un período determinado y bajo ciertas condiciones establecidas en el contrato. La otorga al gobernado para dos objetos:  Para la explotación de servicios públicos.  Para explotación de bienes del dominio público.-  El régimen jurídico de la concesión está integrado por el conjunto de leyes, decretos, reglamentos, acuerdos y circulares que la regulan, en diversas materias. Elementos subjetivos de la concesión.  En cuanto a los elementos subjetivos de la concesión administrativa, estos son los siguientes: Autoridad concedente : Es la entidad o administración pública encargada de otorgar la concesión administrativa. Puede ser un gobierno central, un gobierno local, una agencia gubernamental u otra entidad pública competente para hacerlo. La autoridad co...

La Licitación Publica

La licitación pública es un procedimiento administrativo mediante el cual el gobierno o las entidades públicas solicitan ofertas o propuestas de proveedores o contratistas para la adquisición de bienes, servicios o obras públicas. Su finalidad es asegurar la transparencia, eficiencia y legalidad en la contratación de bienes y servicios por parte del gobierno y garantizar que se obtengan los mejores precios y condiciones para el Estado. En México, la licitación pública se rige por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que establece las etapas que deben seguirse para llevar a cabo el proceso de licitación pública: Convocatoria pública: se publica un anuncio en medios de comunicación y en el sitio web de la entidad pública convocando a los interesados a participar en la licitación. Bases de licitación : se publican las bases de licitación que contienen los requisitos y condiciones que deben cumplir los licitantes para participar en el proceso. ...

Concurso Publico.

Es aquel que se convoca para la contratación de servicios en general, de servicios de consultoría y de arrendamiento de bienes, dentro de los márgenes establecidos por la Ley Anual de Presupuesto. Se entiende por servicios en general aquellos que la Entidad contrata con terceros, ya sean éstos personas naturales o jurídicas, para desarrollar actividades técnicas como limpieza, vigilancia, reparaciones y otras similares. El concurso en el derecho administrativo es un procedimiento administrativo en si mismo con una función preparatoria. Este no concluye con una resolución sino con un juicio de calificación que en algunos casos puede contener, incluso, algún elemento valorativo. Este se inicia con las clausulas relativas ala participación en el concurso y la forma en que el concurso sera desarrollado, la decisión viene exteriorizada en un documento denominado convocatoria y adquiere eficacia con la adopción de medida...

Contratación directa y subasta pública.

La contratación directa es un mecanismo excepcional para elegir al contratista publico, que encuentra su justificación en el orden publico e interés general que debe satisfacer la administración. Su principal característica es proceder en determinadas circunstancias muy calificadas en las que resulta sumamente difícil convocar un proceso de licitación bajo la amenaza de ver comprometido el interés publico. Una subasta pública es un procedimiento para la venta de un bien a través del cual se pretende determinar el comprador y el precio, según el sistema de competencia entre varios posibles compradores, adjudicando el bien al que mayor precio ofrezca. Además, la subasta pública se diferencia de otro tipo de subastas por el hecho de que cualquier persona puede pujar por la compra del bien. Subasta pública permite ala administracion la venta de bienes estatales, compra de bienes muebles, inmuebles y semovientes y pre...

La Licitación Privada y la Restringida.

La licitación privada es una figura similar a la licitación pública, pero las invitaciones se hacen en forma expresa a determinadas empresas y no por anuncio público. Estas empresas deben ser firmas calificadas; seleccionadas en forma no discriminatoria; incluyendo, siempre que sea posible, a empresas elegibles extranjeras; e invitando a un número de firmas suficientemente amplio como para asegurar precios competitivos. En general, se aplican a esta figura los mismos principios y políticas que a la licitación pública, salvo como se ha expresado, en materia de publicidad. Es un procedimiento administrativo alternativo a la licitación pública, cuando ésta última no resulta conveniente, se ha considerado que la licitación privada, es un procedimiento administrativo de contratación con un llamado a ofertar de tipo limitado, esto es, dirigido a un numero determinado de personas. Las licitaciones restringidas o por invitación, participan solo aquellas empresas que el convocante l...

Procedimientos para la formación de los contratos administrativos.

La actividad preliminar al contrato de la Administración adopta las formas jurídicas propias de la función administrativa. Las etapas del procedimiento preparatorio y previo a la emisión de la voluntad contractual, sustancialmente adquieren forma de acto, reglamento, hecho o simple acto administrativos. Los actos, hechos, reglamentos y simples actos administrativos, dictados o ejecutados en la preparación de la voluntad administrativa contractual, se incorporan unitariamente, aunque de manera separable, en el procedimiento administrativo de conformación de la voluntad contractual. Por ello, las reglas y principios que rigen la intervención de los interesados en la preparación e impugnación de la voluntad administrativa (procedimiento administrativo) son también aplicables a la actividad administrativa precontractual (de preparación de la voluntad) y contractual propiamente dicha (de ejecución de la voluntad). El procedimiento administrativo preparatorio de la voluntad contractual s...

Diferencias entre los contratos administrativos y los contratos civiles de la administración

En los contratos administrativos la competencia de los órganos, se regula por el derecho administrativo y dentro de la misma ley administrativa se regulan requisitos de forma y solemnidades especiales en su creación, las que son distintas de las que exige la ley civil. En cuanto al Régimen jurídico los contratos administrativos son derecho público mientras que los civiles son de derecho privado. La Jurisdicción sera contencioso-administrativa y civil para los contratos privados. Los medios de Impugnación sera un recurso jerárquico para los contratos administrativos y de apelación para los contratos civiles.. Las leyes administrativas imponen especiales procedimientos para llegar a la contratación, mientras que en el derecho civil o mercantil lo que importa es unicamente la voluntad de las partes.