El cheque es regulado por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), y establece los requisitos legales que deben cumplirse para que sea válido y exigible.
Los requisitos legales del cheque en la legislación mercantil mexicana son los siguientes:
De no mencionarse el lugar de pago o expedición se considerara los indicados junto al nombre del librador o del librado. De mencionarse varios lugares, se entenderá designado el escrito en primer término, y los demás serán nulos. La omisión de los otros elementos invalidara el titulo de crédito.
Los requisitos legales del cheque en la legislación mercantil mexicana son los siguientes:
- Debe contener la denominación “cheque” de manera explícita.
- El nombre del banco donde se debe pagar el cheque.
- La cantidad a pagar, tanto en número como en letra, sin posibilidad de confusión.
- La fecha de emisión del cheque.
- La firma del emisor del cheque, también conocido como el librador.
- El cheque debe ser pagadero a la vista, lo que significa que debe ser pagado al momento de presentarlo al banco.
- Si el cheque no cuenta con fondos suficientes en la cuenta del emisor, el banco puede rechazar su pago.
- El cheque puede ser endosado, es decir, transferido a otra persona para que lo cobre.
- El cheque puede ser cruzado, lo que significa que solo puede ser cobrado a través de un banco o institución financiera.
- El plazo de prescripción para presentar el cheque a cobro es de 6 meses a partir de la fecha de emisión.
De no mencionarse el lugar de pago o expedición se considerara los indicados junto al nombre del librador o del librado. De mencionarse varios lugares, se entenderá designado el escrito en primer término, y los demás serán nulos. La omisión de los otros elementos invalidara el titulo de crédito.