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Amparo agrario

Podemos entender por amparo en materia agraria como el régimen particular que tiene como finalidad la protección jurídica de los ejidatarios, comuneros y núcleos de población ejidal o comunal, en cuanto a sus derechos agrarios, ya que en consecuencia de los circunstancias especiales de esta actividad económica, se modifican algunos principios encargados de regular el juicio de amparo.

Entendemos entonces que esta institución, tiene como finalidad proteger a los ejidatarios, comuneros, núcleos de población ejidal o comunal en cuanto a sus derechos, régimen jurídico, propiedad, posesión o disfrute de sus bienes agrarios y en sus derechos agrarios.

Es necesario señalar que se considera materia agraria cualquier asunto en el que se reclamen actos que de alguna manera afecten directa o indirectamente el régimen jurídico agrario que el artículo 27 de la Constitución, el Código Agrario y sus reglamentos, establecen como medios reguladores de los sujetos individuales y que se mencionaron anteriormente, independientemente de que dichos actos se emitan o realicen dentro de algún procedimiento agrario en que, por su propia naturaleza necesariamente están relacionados con las cuestiones concernientes al régimen jurídico agrario.

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